La Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció que el mundo vive una emergencia climática y estableció obligaciones concretas para que los Estados protejan derechos fundamentales, como la salud, la vida y un medio ambiente sano.
El aumento acelerado de la temperatura global, causado por actividades humanas distribuidas de manera desigual entre los Estados, representa una emergencia climática que amenaza a toda la humanidad y, en particular, a las comunidades más vulnerables. Así lo concluyó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en su Opinión Consultiva 32 de 2025, destacando la urgencia de que los Estados protejan derechos fundamentales, especialmente el derecho a un medio ambiente sano.
En esta opinión, la Corte determinó el alcance de las obligaciones generales de los Estados frente a la crisis climática. Entre ellas, proteger los derechos más expuestos a los impactos del cambio climático: la vida, la salud, la integridad personal, la libertad de residencia y circulación, el acceso al agua, la alimentación y la educación, entre otros.
El Tribunal también señaló que los Estados deben actuar contra las causas del cambio climático, reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero, regulando y supervisando el comportamiento de actores privados y evaluando el impacto climático de proyectos y actividades que así lo requieran.
La Opinión Consultiva OC-32/25, notificada el 3 de julio de 2025, es el resultado del proceso más participativo en la historia de la Corte: más de 260 observaciones escritas presentadas por más de 600 actores globales y audiencias públicas realizadas en Barbados y Brasil. Este pronunciamiento responde a una consulta elevada en enero de 2023 por los Estados de Chile y Colombia, motivada por su preocupación por los efectos crecientes del cambio climático sobre los derechos humanos.
Finalmente, la Corte reconoció que las personas y comunidades que enfrentan situaciones de vulnerabilidad estructural o interseccional requieren medidas específicas para garantizar el ejercicio real de sus derechos y fomentar procesos de adaptación sostenibles que fortalezcan su resiliencia.
¿Qué es una Opinión Consultiva?
Una opinión consultiva es una herramienta jurídica que permite a los Estados miembros de la OEA o a sus órganos pedir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que aclare o interprete el alcance de los derechos y obligaciones reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
A diferencia de una sentencia, no resuelve un caso particular ni impone sanciones, pero sus conclusiones sirven como guía obligatoria para que los Estados adapten sus leyes y políticas públicas en materia de derechos humanos.
En este caso, la OC-32/25 fija criterios concretos sobre cómo los Estados deben actuar para enfrentar la emergencia climática y proteger los derechos fundamentales de sus poblaciones.